04 junio, 2011

Sesión 12: Archivos para alojamiento y descarga

Archivos: Alojamiento y Descarga.  En la redacción de las entradas de nuestro blog podemos incluir información multimedia, videos imágenes, diapositivas, etc. Pero existen formatos adicionales de interés para nuestros usuarios que no se pueden mostrar directamente en la hoja de nuestro blog, que pueden ser hojas de cálculo (.xls) documentos de texto en formato Word que son los (.doc), presentaciones en power point, que son los (.ppt), los famosos (.pdf). que son los documentos portátiles (Esta es la manera universal de abrir archivos) y cualquier otro archivo de cualquier otro formato que no pase de 5 giga bites
El siguiente ejemplo sirve para ilustrar como crear un link de descarga utilizando la dirección que nos genera yourfilelink.com  Para descargar mi canción has clic aquí
2.- Convirtiendo mi descarga en una sección fija de mi blog:
Utilizando el gadget de html/javascript podemos crear un link permanente de descarga que siempre se encontrara en la barra de usos múltiples de mi blog independientemente de que existan nuevas entradas. Para  crear este link fijo recurrimos a una redacción que combina texto con código para llevarnos a la zona de descarga ejemplo Para descargar mi canción en esta página haga click <a href="http://www.yourfilelink.com/get.php?fid=695001">aqui</a>
El código anterior: Este código es el más compacto que podemos referenciar para contenido en otra página pero hace que nuestro navegador se salga de la página actual y se conecte a la de descarga. Para preservar nuestra página y abrir los contenidos en una página adicional modificamos la redacción de la siguiente manera
Para descargar mi canción en una página externa,haga click <a href="http://www.yourfilelink.com/get.php?fid=695001" target="_blank">aqui</a>

28 mayo, 2011

Sesión 11 Entradas de Blog y Redes Sociales

a) Edición Avanzada de Entradas: En la pestaña de diseño donde se encuentra el apartado de entradas de blog contamos con la sección de editar esta nos permite configurar a detalle el formato o (Layout) de manera de mostrar más adecuadamente la información de nuestras entradas.
1.- Número de entradas y formato de fecha por días: esta opción nos permite determinar el número de entradas que se muestran cada vez que alguien visita nuestra página organizadas en criterio cronológico o de pila. El formato de fecha por día nos permite mostrar la fecha exacta ordenada por día de la semana lo que nos permite recalcar la periodicidad de las entradas

Recursos Didácticos: SEPTIMA SESION Compendio del Módulo

Recursos Didácticos: SEPTIMA SESION Compendio del Módulo: "Compendio.- Tema: Día del Niño El 20 de noviembre de 1952, la Asam..."

23 mayo, 2011

Aplicaciones Adicionales de Gadgets

1.- El gadgets de video permanente: Este Gadget nos permite fijar de manera permanente (Siempre y cuando el usuario así lo desee) Un video de youtube que se va a cargar en cuanto entremos al blog y que a diferencia de los videos que publicamos en las entradas  no se va recorriendo hacia el fondo de la página cada vez que hay contenido nuevo. Para añadir esté gadget entramos en la pestaña de diseño  editamos la plantilla seleccionando de la lista de gadget el que corresponde al video que requiere que ajustemos el tamaño al ancho de la columna y peguemos el vínculo directo de youtube que podemos obtener del menú de Compartir o / Share

2.- Para agregar imágenes desde flickr se regresa al menú de blogger y se añade otro gadget y el menú de gadget seleccionar una presentación. Título (mis diapositivas o mis fotos) en la fuente hay un menú que se colapsa se da click en él de flickr, se le anota el nombre del usuario de flickr. Posteriormente se selecciona cúal es la velocidad a la que pasaran las diapositivas en este caso es mediana y luego la forma en que se pasaran que es de manera aleatoria.

02 abril, 2011

Séptima sesión

Hacer un concentrado de todo lo que se ha visto
Festividades del día del niño
El 20 de noviembre de 1952, la Asamblea General de las Naciones Unidas se reunió con la sola idea de reafirmar los derechos universales del niño, y para que se celebrara en cada país del mundo, que se consagraría a la fraternidad y a la comprensión entre los niños del mundo entero y se destinaría a actividades que desarrollaran el bienestar de los niños del mundo.
Y también se les sugirió a los gobiernos que celebraran este día en la fecha y forma que cada uno de ellos estimase conveniente. 
En México se celebra el 30 de abril. Pero se tomó el 20 de noviembre como el Día Universal del Niño, para conmemorar esta declaración tan importante.
Derechos de los niños
  Artículo 1º.
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

Artículo 2º.
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad

Artículo 3º.
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad
Artículo 4º.
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

Artículo 5º.
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Artículo 6º.
El niño, para el pleno desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

Artículo 7º.
El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.

Artículo 8º.
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Artículo 9º.
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
No será objeto de ningún tipo de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Artículo 10º.
El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera otra índole.
Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.


Ilustraciones ó fotos sobre el tema





Videos alusivos 

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